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Tribunal Electoral revoca acuerdo del INE que pretendía fiscalizar “Amlitos”

El Instituto deberá fundar los motivos por los cuales asegura que los muñecos de peluche con la figura del presidente Andrés Manuel López Obrador generan un beneficio para Morena.
mié 23 agosto 2023 03:59 PM
amlitos-ine
Los peluches con la figura del presidente de México son populares entre sus seguidores.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante el cual se pretendía fiscalizar la venta de los llamados “Amlitos” durante los eventos o mítines de Morena.

El pasado 20 de julio, el INE determinó que si bien la venta de las figuras de peluche del presidente Andrés Manuel López Obrador (“Amlitos”) por parte de terceros no le genera un beneficio económico a Morena, el partido debía deslindarse para que no le sean cuantificados como gastos de campaña.

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Morena consulta a INE sobre “Amlitos”

La resolución deriva de la solicitud que hizo Morena al Instituto para que le informara si la venta entre particulares de artículos utilitarios que puedan incluir emblemas, signos o rasgos identificables con dicho partido, sus representantes, candidatos o militantes, generaba un beneficio a favor del partido, incluso sin que recibiera el fruto de la venta.

Además, solicitó que se le informara qué acción o acciones específicas debía realizar para acreditar el elemento de eficacia en los deslindes exigidos por el Reglamento de Fiscalización.

Al respecto, el INE concluyó que, listar y describir el tipo de acciones que el partido debe hacer para que su deslinde sea considerado como eficaz, sería excesivo para las funciones y facultades otorgadas a la autoridad electoral.

Inconforme con esa determinación, Morena acudió a la Sala Superior, quien este miércoles revocó el acuerdo del Instituto.

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“Se revoca el acuerdo impugnado para los efectos precisados en la ejecutoria”, aprobó el pleno por mayoría de votos, con los votos en contra de los magistrados Mónica Soto y José Luis Vargas, quienes se pronunciaban por revocar el acuerdo “lisa y llanamente”.

Tras esa decisión del Tribunal Electoral, el INE deberá precisar ¿cuáles son las características o elementos que deben contener los bienes o productos utilitarios o propaganda comercializada? y ¿cuál es el beneficio directo o indirecto? para un partido, lo que, a decir de los magistrados, abonará a darle mayor certeza al acuerdo.

El magistrado Indálfer Gonzales dijo que “no basta con que (el INE) diga que (el partido) pudiera tener un beneficio”.

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