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Pese a irregularidades, organización “Que Siga la Democracia” consigue registro

Janine Otálora recordó que las supuestas irregularidades en que incurrió la organización fueron como Asociación Civil, no como Agrupación Política, por lo tanto debía confirmarse su registro.
mié 09 agosto 2023 04:52 PM
que siga la democracia
La organización estuvo metida de lleno en el proceso de revocación de mandato.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), que determinó otorgar del registro como agrupación política nacional a la asociación denominada "Que Siga la Democracia A.C.", bajo la denominación “Que Siga la Democracia”.

Los magistrados Felipe de la Mata e Indalfer Gonzales respaldaron la postura de su par Janine Otálora, en el sentido de que debía revocarse el acuerdo del INE, dado que la ahora Agrupación Política (AP) incurrió en un fraude a la ley durante el proceso de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador, de abril del 2022.

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Ello, debido a que presentó 14,440 firmas de apoyo para el ejercicio revocatorio en formatos físicos que correspondían a personas fallecidas.

“Este fraude a la Ley rompe la presunción de buena fe que debe caracterizar a las AP… permea todo el sistema electoral y en el caso, de cumplimiento de requisitos (para integrarse como tal”, dijo Otálora Malassis.

Para la magistrada ponente Mónica Soto, quienes potencialmente podrían verse sujetos a las causales de pérdida de registro son las entidades ya constituidas como Agrupaciones Políticas Nacionales (APN), sin embargo, anotó, este no es el caso.

Además, argumentó que los actos en que supuestamente incurrió “Que siga la Democracia”, se realizaron como Asociación Ciudadana, no como APN.

Soto Fregoso dijo que no existía la obligación de cotejar las firmas del proceso revocatorio con el del RFE, sino “únicamente de verificar la situación registral de las personas cuyos datos fueron captados a través de los distintos medios electrónicos y físicos”.

Ello, con base en el padrón electoral vigente al 31 de enero del 2023, lo que descarta cualquier posibilidad de que los apoyos provengan de un padrón distinto.

Bajo estas premisas y “atendiendo que los distintos conceptos de agravio solo se basan en afirmaciones sin sustentos probatorios, es que se propone desestimar los agravio sobre el incumplimiento de los requisitos necesarios para la constitución como Agrupación Política. De Ahí que la propuesta es confirmar la resolución impugnada y, en consecuencia, la aprobación del registro de la APN”.

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