El Consejo General aprobó por mayoría de votos la posibilidad de que las personas trans que soliciten su credencial para votar, no presenten su documento de identidad rectificado (acta de nacimiento), cambien el identificador de sexo, “M” o “H”, acorde con su identidad de género.
Lo anterior, en acatamiento a una sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), además se solicitó instruir a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (RFE) la elaboración de un estudio técnico para determinar si es posible incluir dos campos en la Credencial para Votar: “sexo biológico” y “sexo genérico”.