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Este es el castigo por hacer disparos al aire en la CDMX

Las personas acostumbran a lanzar disparos al aire durante diversos festejos sin pensar en las consecuencias de este hecho. Te decimos de cuáles se trata.
lun 16 diciembre 2024 12:01 PM
(Obligatorio)
En diversas zonas de la capital hay personas que realizan disparos al aire libre poniendo en riesgo la vida de sus vecinos.

Durante las festividades de fin de año es común que algunas personas decidan lanzar disparos al aire libre sin pensar en las consecuencias de este hecho como poner en riesgo al vida de los demás o las multas estipuladas en la Ley, te decimos cuáles están estipuladas en la Ciudad de México.

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Castigos por realizar castigos al aire libre

El Código Penal del Distrito Federal señala en el Capítulo IV en relación a disparo por arma de fuego, en el que el artículo 211 TER establece lo siguiente:

Al que, sin causa justificada, realice disparo de arma de fuego, se le impondrá de dos a cinco años de prisión, sin perjuicio de las penas que pudieren corresponderle por la comisión de otros delitos
Código Penal del Distrito Federal

Además, el mismo documento establece que “para efectos del presente artículo, se entenderá por causa justificada, todas aquellas circunstancias en las que se ponga en riesgo la vida, la integridad física o el patrimonio, propio o de cualquier otra persona”.

Asimismo, si la persona que realizó disparos y privé de la vida a otro, se le impondrá de ocho a veinte años de prisión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 123 del mismo Código.

Según el Artículo 130, si una persona lesiona a otra, recibirá de seis meses a dos años de prisión, cuando las lesiones tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta.

  • Recibirá de dos a tres años seis meses de cárcel, si tardan en sanar más de 60 días.
  • De dos a cinco años de prisión, cuando dejen cicatriz permanentemente notable en la cara.
  • De tres a cinco años de prisión, cuando disminuyan alguna facultad o el normal funcionamiento de un órgano o de un miembro.
  • De seis a ocho años de prisión, si se produce la pérdida de cualquier función orgánica, de un miembro, de un órgano o de una facultad o causen una deformidad.
  • De seis a ocho años de prisión, cuando pongan en peligro la vida.
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