En el expediente OIC/CUA/D/565/2021, el órgano interno de control determinó que las faltas administrativas no eran graves, por lo que fue impuesta una sanción consistente en la suspensión del cargo por 15 días y 30 días posteriores en un segundo periodo.
La Contraloría también determinó sancionar al director general de Administración, director de Recursos Humanos, subdirector de Asuntos Laborales y Movimientos de Personal y jefe de la Unidad Departamental de Movimientos de Personal.
“Deberán suspender del empleo, cargo o comisión por el término de 15 días naturales. A la fecha las autoridades de la alcaldía se han negado a ejecutar las sanciones correspondiente”, se lee en el documento.
En respuesta a la información difundida por la Contraloría de la Ciudad de México, la alcaldía Cuauhtémoc negó que exista una suspensión de su cargo y por el contrario, que se mantiene en funciones dado que ganó un amparo ante el juzgado octavo de distrito en materia administrativa.
La alcaldía aclaró que el pasado 7 de noviembre fue notificada la sanción por parte de la Contraloría y al día siguiente el equipo jurídico de Cuauhtémoc interpuso una demanda de amparo, misma que quedó registrada ante el juzgado federal bajo el folio 1720/2023.
“Es importante señalar que se trata de una resolución que carece de la debida motivación y fundamentación, lo cual habrá de resolverse como fondo dentro del juicio de garantías, además de que se considera que el Congreso de la Ciudad de México invadió facultades del Congreso de la Unión al legislar sobre faltas administrativas que no están contempladas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas”, se lee en un comunicado.
Fue el 15 de noviembre que el juzgado octavo de distrito en materia administrativa notificó a la alcaldía Cuauhtémoc sobre la suspensión provisional para dejar sin efectos la sanción del gobierno central.