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¿Te detuvo el alcoholímetro? Conoce tus derechos y cuál es el protocolo correcto

Durante todo diciembre y hasta el 8 de enero, operará el alcoholímetro las 24 horas en la CDMX. Conoce cómo debe ser este protocolo.
lun 12 diciembre 2022 02:30 PM
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En un inicio, el oficial a cargo, se guiará por el olfato, en caso de percibir aliento alcohólico puede proceder a realizar la prueba de alcoholemia.

Del primero de diciembre al ocho de enero de 2023, estará activo el programa “Conduce sin Alcohol”, mejor conocido como alcoholímetro las 24 horas en distintos puntos itinerantes, tanto para autos particulares, transporte público y motociclistas.

En caso de ser detenido por el alcoholímetro, debes conocer tus derechos como cuál es el límite de alcohol permitido y la forma correcta en que se lleva a cabo este programa.

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¿Cómo opera el alcoholímetro?

La Secretaría de Seguridad Ciudadana instala puntos de revisión fijos y aleatorios en distintas vialidades de la ciudad.

En caso de encontrar con un punto de control. Los automovilistas deben seguir las indicaciones de los oficiales, como orillarse, bajar ventanas y contestar si se ha ingerido o no alcohol.

En un inicio, el oficial a cargo, se guiará por el olfato, en caso de percibir aliento alcohólico puede proceder a realizar la prueba de alcoholemia.

¿Cuál es el límite permitido?

El artículo 50 del Reglamento de Tránsito de la CDMX establece que “queda prohibido conducir vehículos motorizados cuando se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0.4 miligramos por litro”.

Protocolo correcto del alcoholímetro

El artículo 51 de dicho reglamento señala que en inicio, el conductor será sujeto a una entrevista por parte de los integrantes de Seguridad Ciudadana en la que se le pregunte si ha ingerido bebidas alcohólicas, procurando estar a una distancia adecuada que le permita percibir algún indicio de que ha consumido bebidas alcohólicas.

Asimismo solicitará al conductor la licencia para conducir vigente en formato físico o digital y o el permiso correspondiente, así como la tarjeta de circulación del vehículo y la póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros vigente, en caso de no contar con alguno de estos, se procederá a levantar la infracción correspondiente por el agente autorizado.

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Si derivado de la entrevista, el integrante de Seguridad Ciudadana se percata que el conductor no presenta ningún signo de haber ingerido bebidas alcohólicas, le permitirá continuar su recorrido.

Por otro lado, el oficial nota que el conductor muestra signos de haber ingerido bebidas alcohólicas, practicará el examen respectivo con el apoyo de los aparatos que constan de un lector y una pipeta, en la que el conductor debe soplar con fuerza de manera constante hasta que arroje un resultado.

Cuando el conductor sobrepase los límites de ingesta de alcohol establecidos en el artículo 50 del reglamento, el personal técnico de Seguridad Ciudadana llenará y firmará conjuntamente con el conductor el documento oficial denominado “Formato de control y cadena de custodia para prueba de detección de alcohol en aire espirado”, mismo que deberá estar foliado y contener los datos de identificación necesarios que sirvan de base a la autoridad competente para la aplicación de las sanciones que procedan, entregando una copia de la Tirilla de resultados técnicos al conductor.

En caso de que éste se niegue o no sepa firmar, hará prueba plena la constatación de dos testigos de asistencia.

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