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¿Es posible que un candidato decline por otro? Aquí te lo explicamos

La palabra "declinar" empieza a sonar más y más en declaraciones, charlas y redes sociales. Aquí te explicamos qué dice la ley al respecto y qué implicaciones tendría una eventual declinación.
mié 02 mayo 2018 01:55 PM
Declinar o no declinar
Declinar o no declinar Esta semana han circulado versiones de prensa sobre que Ricardo Anaya está buscando que otros declinen en su favor para que pueda enfrentar a Andrés Manuel López Obrador. (Foto: Cuartoscuro )

Nota del editor: Este texto forma parte de la iniciativa Verficado 2018 , que busca combatir las noticias falsas con información veraz y de la que ADNPolítico forma parte.

CIUDAD DE MÉXICO (ADNPolítico) - En redes sociales se difunden rumores sobre la declinación de alguno de los candidatos presidenciales a favor de otro.

¿Pero puede declinar un candidato por otro? ¿Qué dice la ley ante este escenario? Verificado 2018 te lo explica.

La figura de "declinación" no existe en la legislación electoral, pero ya ha ocurrido en la práctica: en el proceso electoral del 2000, el candidato Porfirio Muñoz Ledo, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana (PARM), declinó a favor del abanderado panista, Vicente Fox.

Cuando un candidato declina a favor de otro, lo que hace es renunciar a la contienda, pero esto no representa legalmente una alianza formal con el partido o la coalición por la que se muestra apoyo; legalmente, la fecha límite para el registro de coaliciones fue el 14 de diciembre de 2017. Después de ese día, no hay cambios ni la posibilidad de 'añadir' partidos.

Lo que sí se puede hacer, según el artículo 241 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), es que si un candidato renuncia antes del 1 de junio de 2018 —30 días naturales antes de la elección—, el partido o la coalición que lo postularon tienen la posibilidad de registrar a otra persona como abanderado y garantizar que aparezca en la boleta.

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Si no se registra a nadie, o la renuncia se presenta en una fecha posterior, en la papeleta aparecerá el nombre del candidato que renunció, y los votos obtenidos por el partido o la coalición se considerarán sufragios nulos.

No existe escenario en la ley vigente en el que declinar por otro candidato implique que los votos obtenidos por el aspirante que renuncia se transfieran al que obtuvo el apoyo; tampoco es posible transferir recursos públicos asignados para hacer campaña.

Según explica Paula Sofía Vásquez, experta en temas electorales de Strategia Electoral, la declinación de un candidato a favor de otro solo es de carácter mediático.

"No se puede esperar que el total de personas que apoyan al candidato que declina voten por el candidato por el cual se declinó", dijo.

El recuento político

Algunos casos de declinaciones políticas han ocurrido en:

- Nuevo León: Fernando Elizondo, aspirante a la gubernatura en 2015, declinó a favor del candidato independiente Jaime Rodríguez Calderón, El Bronco . Tras el triunfo del Bronco, Elizondo ocupó el puesto de coordinador ejecutivo de la Administración Pública de Nuevo León hasta abril de 2017.

- Estado de México: Óscar González Yáñez, candidato del PT a la gubernatura mexiquense en 2017, declinó a favor de la candidata de Morena, Delfina Gómez.

- Michoacán: Gerardo Dueñas Bedolla, candidato del Partido Humanista a la gubernatura, declinó en 2015 a favor de Silvano Aureoles, candidato del PRD.

- Sonora: El candidato del PES a la gubernatura, Manuel de Jesús Baldenebro, declinó en 2015 a favor de la abanderada del PRI-PVEM, Claudia Pavlovich.

- Presidencial de 2000: El candidato del PARM, Porfirio Muñoz Ledo, declinó a favor del candidato del PAN, Vicente Fox.

- Presidencial de 1988: El candidato del Partido Mexicano Socialista (PMS), Heberto Castillo, declinó a favor del abanderado del Frente Democrático Nacional, Cuauhtémoc Cárdenas.

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