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¿Qué sí y qué no pueden hacer los aspirantes en precampaña?

Este jueves arrancaron las precampañas de quienes aspiran a competir por la Presidencia en 1 de julio del 2018, esto es los que pueden hacer de acuerdo con ley electoral.
jue 14 diciembre 2017 01:12 PM
La carrera
La carrera Los precandidatos tienen hasta el 11 de febrero para conseguir la candidatura de su partido, sin violar la ley. (Foto: erhui1979)

Aunque los partidos ya tienen elegidas a las personas que los representaran en la contienda electoral por la Presidencia de la República, este jueves iniciaron las precampañas electorales en donde en estricto sentido, los aspirantes contienden para hacerse de la candidatura de sus institutos políticos.

Para el caso de precandidatos únicos, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) marca el espacio de acción en que podrán mover desde este día, Ricardo Anaya, precandidato de la coalición "Por México Al Frente" del PAN-PRD-MC; Andrés Manuel López Obrador, de Morena-Encuentro Social-PT y José Antonio Meade de PRI, PVEM y (eventualmente Nueva Alianza).

nullAunque el término mismo de precampaña implica una contienda entre uno o varios competidores por la misma candidatura del partido, consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) han señalado que la ley electoral no es clara y ha dado lugar a diversas interpretaciones.

Diversas resoluciones tanto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como el Tribunal Electoral del Poder Ejecutivo de la Federación (TEPJF) no han considerado como ilegal, por ejemplo, el que los precandidatos usen los tiempos oficiales de los partidos .

Aquí los 10 mandamientos que la Ley marca deben cumplir.

1. No llamar al voto a favor de una candidatura o a un partido.

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De acuerdo con el Artículo 3 de la LGIPE, los precandidatos no pueden invitar a votar en su favor a la gente pues estos actos de expresión bajo cualquier modalidad y en cualquier momento pueden ser causantes de nulidad de la candidatura.

2. Realizar reuniones públicas, asambleas y marchas

La legislación señala que los precandidatos pueden realizar este tipo de actividades dirigidas a los afiliados, simpatizantes o al electorado en general para obtener su respaldo y conseguir la candidatura del partido.

Recomendamos: Frente a frente, las ideas de AMLO y Anaya contra la pobreza

3.Usar la propaganda electoral aprobada

Los precandidatos pueden usar escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones con el propósito de dar a conocer las propuestas de los contendientes, siempre y cuando señale de manera expresa, por medios gráficos y auditivos, la calidad de precandidato de quien es promovido.

5. Prohibido participar en procesos simultáneos

Si el precandidato ya está registrado para participar en un partido político no puede participar al mismo tiempo en otros procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular por diferentes partidos políticos, salvo que entre ellos medie convenio para participar en coalición.

6. Prohibido usar artículos de promocionales utilitarios

Esto es artículos que contengan imágenes, signos, emblemas y expresiones que tengan por objeto difundir la imagen y propuestas del partido político, coalición o candidato que lo distribuye. Los únicos que podrán usar los elaborados con materiales textiles (playeras, gorras, etc.)

Ve: Meade vs. AMLO vs. Anaya: los aspectos clave de cara al 2018

7. No otorgar “beneficios” a los votantes

De acuerdo con la LGIPE, la entrega de cualquier tipo de material que contenga propaganda política o electoral de partidos, coaliciones o candidatos, en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio, ya sea por sí o por terceros, está estrictamente prohibida a los partidos, candidatos, sus equipos de campaña o cualquier persona.

8. No contratar a través de terceras personas ni en el extranjero

Los partidos políticos y los candidatos en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular.

La ley también señala que queda prohibida la transmisión en territorio nacional de mensajes contratados en el extranjero.

9. No hacer actos antes del inicio de precampañas

Los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular que participen en los procesos de selección interna convocados por cada partido no podrán realizar actividades de proselitismo o difusión de propaganda, por ningún medio, antes de la fecha de inicio de las precampañas; la violación a esta disposición se sancionará con la negativa de registro como precandidato. La fecha de inicio es este jueves 14 de diciembre y termina el 11 de febrero de 2018.

Lee: #RumboAl2018: Así van los presidenciables en las encuestas

10. Usar tiempos oficiales de su partido

Los precandidatos debidamente registrados podrán acceder a radio y televisión exclusivamente a través del tiempo que corresponda en dichos medios al partido político por el que pretenden ser postulados.

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