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Caso Noroña-Grecia Quiroz da giro: Tribunal analizará denuncia por violencia de género

Gerardo Fernández Noroña asegura que nunca cometió violencia política de género en contra de la alcaldesa Grecia Quiroz, esposa de Carlos Manzo, quien fue asesinado en Uruapan en 2025.
Marcha Uruapan
Gracia Quiroz asumió el puesto de su esposo tras el crimen en 2025. (Foto: Cuartoscuro )

La denuncia interpuesta por la alcaldesa de Uruapan, Grecia Quiroz, en contra del senador Gerardo Fernández Noroña tomó un nuevo rumbo. El asunto será revisado a fondo por magistrados, quienes deberán determinar si el legislador ejerció violencia política de género contra la edil y dirigente del Movimiento del Sombrero.

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El conflicto entre el senador Gerardo Fernández Noroña y la alcaldesa de Uruapan, Grecia Quiroz, escaló en febrero de este año, cuando la presidenta municipal presentó una denuncia en su contra por presunta violencia política en razón de género ante el Instituto Electoral de Michoacán (IEM).

La queja surgió luego de una serie de declaraciones realizadas por el legislador en transmisiones difundidas a través de sus redes sociales, en las que aseguró que a la alcaldesa “se le despertó la ambición” y que buscaría la candidatura al gobierno de Michoacán.

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Grecia Quiroz ahora encabeza el Movimiento del Sombrero. (Foto: Cuartoscuro )

Las declaraciones ocurrieron después del asesinato de Carlos Manzo, esposo de Quiroz. En ese contexto, la alcaldesa señaló públicamente a Leonel Godoy y Raúl Morón como presuntos responsables del homicidio.

“La ambición ya se le despertó y va por la gubernatura de Michoacán, se los firmo. Va a ser candidata, pero de ahí a que nos gane hay un mar de distancia. Es evidente que ella ya está en esa línea”, declaró Fernández Noroña en noviembre pasado.

El senador también sostuvo que la “ultraderecha” alentaba las aspiraciones políticas de la alcaldesa, al considerar que ese sector requiere figuras con respaldo popular y perfiles que calificó como “fascistas”.

Tras la denuncia, el IEM dictó medidas cautelares contra Fernández Noroña al estimar que sus expresiones podrían constituir violencia política en razón de género. Por ello, le ordenó editar o retirar fragmentos de videos publicados en su canal de YouTube donde realizó dichas declaraciones.

Asimismo, el órgano electoral le pidió abstenerse de realizar actos de hostigamiento, intimidación o cualquier conducta que pudiera afectar a la alcaldesa de Uruapan.

Días después, el senador informó que había eliminado los videos señalados y negó haber incurrido en actos de intimidación contra la también dirigente del Movimiento del Sombrero.

Concluida la etapa ante el IEM, el expediente fue turnado al Tribunal Electoral de Michoacán, instancia encargada de determinar si existieron conductas constitutivas de violencia política en razón de género.

En su denuncia, Grecia Quiroz también acusó al legislador de incumplir las medidas cautelares. Argumentó que durante una visita al Senado de la República un grupo de legisladores coreó “¡Morón, Morón!” en respaldo a Raúl Morón, a quien ella había señalado como presunto responsable de la muerte de su esposo. Entre los participantes se encontraba Fernández Noroña.

El Tribunal de Michoacán se declara incompetente

En abril, el Tribunal Electoral de Michoacán resolvió que la denuncia quedaba fuera de su competencia al considerar que el caso no correspondía al ámbito electoral. La magistrada Yurisha Andrade sostuvo que se trataba de una controversia de carácter administrativo, ya que Grecia Quiroz no accedió al cargo mediante el voto popular, sino por designación del Congreso estatal tras el asesinato de su esposo.

En el mismo sentido, el magistrado Adrián Hernández Pinedo argumentó que el nombramiento de la alcaldesa derivó de un decreto legislativo, por lo que el órgano jurisdiccional carecía de facultades para conocer del asunto.

Sala Regional ordena revisar el caso

No obstante, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la determinación del tribunal local al establecer que las personas que ocupan cargos de elección popular de manera interina gozan de las mismas prerrogativas y protecciones que quienes fueron electas mediante voto ciudadano.

Por ello, la Sala Regional ordenó al Tribunal Electoral de Michoacán analizar de fondo la denuncia presentada por la presidenta municipal contra el senador.

Con esta decisión, el expediente regresa al órgano jurisdiccional estatal, que deberá valorar las pruebas, estudiar los hechos denunciados y emitir una nueva resolución.

Ahora, los magistrados tendrán que pronunciarse sobre el fondo del asunto y determinar si las conductas atribuidas a Gerardo Fernández Noroña constituyeron o no violencia política en razón de género contra Grecia Quiroz.

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