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Es oficial: decreto de extinción de órganos autónomos es publicado en el DOF

El decreto fue publicado a 10 días de que la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados emitiera la declaratoria de constitucionalidad.
sáb 21 diciembre 2024 09:52 AM
órganos autónomos dof
CIUDAD DE MÉXICO, 20NOVIEMBRE2024.- Adrián Alcalá, consejero presidente del INAI, Blanca Ibarra, Josefina Román y Norma Julieta del Río, comisionadas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, durante la Sesión Ordinaria en el Pleno del Instituto. FOTO: ROGELIO MORALES /CUARTOSCURO.COM

El decreto que da pie a la desaparición de siete órganos autónomos, entre ellos el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), fue publicado la tarde de este viernes 20 de diciembre en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF).

Después de que hace 10 días, la Cámara de Diputados declarara constitucional dicha reforma, el documento fue enviado al titular del Ejecutivo Federal para su publicación en el DOF y posterior entrada en vigor.

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El pasado 20 de noviembre el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política, para extinguir siete órganos autónomos.

Luego de recibir el voto aprobatorio de 21 Congresos locales, tanto el INAI como la Comisión de Competencia Económica (Cofece), Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Comisión Reguladora de Energía (CRE), Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) y el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación (MEJOREDU) dejarán de existir.

Es así que a través de este decreto se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica.

Los congresos que aprobaron esta reforma fueron: Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guerrero, Estado de México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, San Luis Potosí, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México,

Mientras que sólo el Congreso de Baja California dijo no a la reforma.

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A partir de la entrada en vigor de dicho decreto se establece que el Ejecutivo Federal, mediante la dependencia encargada de elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión, garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet.

En tanto que la información que se refiere a la vida privada y los datos personales estará protegida por los sujetos obligados que contarán con facultades suficientes para su atención,

De esta manera, los sujetos obligados deberán promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de acceso a la información pública y a la protección de datos personales.

Mientras que el organismo encargado de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, también estará a cargo de la medición de la pobreza y de la evaluación de los programas, objetivos, metas y acciones de la política de desarrollo social, así como de emitir recomendaciones y establecer las formas de coordinación del organismo con las autoridades federales, locales y municipales para el ejercicio de sus funciones.

En tanto que el Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia encargada de conducir y supervisar la política energética del país, contará con atribuciones para llevar a cabo la regulación técnica y económica, así como la facultad sancionadora en materia energética y de hidrocarburos.

Se establece también que la institución del Ejecutivo que tiene bajo su responsabilidad formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país, contará con las facultades necesarias para cumplir con dicho objeto.

Además, ahora el Instituto Nacional de Elecciones y Consultas tendrá competencia para conocer de los asuntos relacionados con el acceso a la información pública y la protección de datos personales a cargo de los partidos políticos; también conocerá de los recursos de revisión que interpongan los particulares respecto de las resoluciones de los partidos políticos.

El Ejecutivo Federal, a través de la autoridad en materia de libre competencia y concurrencia también deberá prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en los términos que establecen la Constitución y las leyes.

También, el Ejecutivo Federal, por conducto de la autoridad en materia de libre competencia y concurrencia, ejercerá en forma exclusiva las facultades de competencia económica para regular de forma asimétrica a los participantes en los mercados de telecomunicaciones y radiodifusión con el objeto de eliminar eficazmente las barreras a la competencia y la libre concurrencia.

Impondrá límites a la concentración nacional y regional de frecuencias, al concesionamiento y a la propiedad cruzada que controle varios medios de comunicación que sean concesionarios de radiodifusión y telecomunicaciones que sirvan a un mismo mercado o zona de cobertura geográfica, y ordenará la desincorporación de activos, derechos o partes necesarias para asegurar el cumplimiento de estos límites, garantizando lo dispuesto en los artículos 6º y 7º de la Constitución.

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