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Corte IDH: México es responsable de violación de DDHH en caso Tzompaxtle Tecpile

El caso se refiere a la detención ilegal en enero de 2006 de Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López por parte de agentes policiales.
vie 27 enero 2023 08:23 PM
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Foto de 2007. El obispo Raúl Vera López y activistas denunciaron durante años las arbitrariedades cometidas por la detención de Jorge, Gerardo y Gustavo.

Con relación al caso Tzompaxtle Tecpile y otros contra México, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) determinó que el Estado mexicano es responsable por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial cometidas en contra de Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López.

La Corte señaló que autoridades mexicanas reconocieron parcialmente su responsabilidad internacional por la violación de los derechos que la Comisión Interamericana identificó en su Informe de Fondo.

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El caso se refiere a la detención ilegal y arbitraria en enero de 2006 de Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López por parte de agentes policiales en una carretera entre las ciudades de Veracruz y Ciudad de México, así como la aplicación de la figura del arraigo y la falta de garantías judiciales en el proceso penal que se siguió en su contra.

De acuerdo con la Corte, las víctimas fueron retenidas y requisadas por agentes policiales sin orden judicial y que tampoco se evidenció que fuera posible percibir una situación de flagrancia. Asimismo, consideró que la retención resultó ilegal y arbitraria.

La Corte también indicó que “la posterior requisa del vehículo constituyó una afectación al derecho a la vida privada, así como que las víctimas no fueron informadas sobre las razones de su detención ni que fueron llevadas sin demora ante una autoridad judicial”.

Por otra parte, analizó la figura del arraigo y su aplicación al presente caso, “estableciendo que la aplicación de la figura del arraigo constituyó una medida de carácter punitivo y no cautelar, señalando que la dicha figura resulta contraria a la Convención Americana y, en el presente caso, constituyó una detención arbitraria”.

Al respecto la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) informó que este viernes el Gobierno de México fue notificado de la sentencia sobre excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas, emitida por la Corte con relación al caso Tzompaxtle Tecpile y otros contra México.

La autoridad detalló que en la audiencia convocada en línea por la Corte para notificar la sentencia, estuvieron presentes representantes de la SRE, la Secretaría de Gobernación, la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal, la Fiscalía General de la República, y el Consejo de la Judicatura Federal.

“La sentencia retomó el reconocimiento de responsabilidad internacional realizado por el Estado mexicano, el pasado 23 de junio de 2022, en el marco de la audiencia pública del caso, por la violación a los derechos a la integridad personal; a la libertad personal; a las garantías judiciales; a la vida privada y a la protección judicial contemplados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos en perjuicio de Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López”, señaló la SRE en un comunicado.

“Asimismo, la Corte IDH tomó en consideración el Acta de Entendimiento para la Búsqueda de un Acuerdo de Cumplimiento del Informe de Fondo firmada entre los representantes y el Estado, y las medidas de reparación que se han implementado a partir del mismo”, agregó.

El Gobierno de México informó que analizará con atención los resolutivos del tribunal interamericano en su resolución para estar en condiciones de cumplir con sus disposiciones, asegurando el mayor respeto a las obligaciones contenidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conforme a sus procesos democráticos.

“Se reitera el compromiso de México con los derechos humanos, y con los instrumentos que los protegen tanto en el ámbito regional como universal”, añadió.

La SRE apuntó que dicha sentencia podrá orientar en un sentido positivo las acciones del Estado para proteger los derechos de las personas privadas de la libertad.

La autoridad refrendó el compromiso para trabajar con las familias de las víctimas en lo relativo a la reparación del daño y garantías de no repetición.

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