Debatirán prohibir instalar nacimientos navideños en edificios gubernamentales

La Primera Sala de la SCJN votará un proyecto del ministro Alcántara Carrancá, que busca amparar a un quejoso, al estimar que la medida realizada con recursos públicos, viola el Estado laico.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá y votará un proyecto del ministro Juan Alcántara Carrancá, que plantea prohibir la instalación de nacimientos navideños en edificios gubernamentales, con recursos públicos.

Para ello, se busca otorgar un amparo a un quejoso por considerar que esa medida viola al Estado laico y las libertades religiosas.

“Procede…la sentencia...recurrida, y…el amparo y protección de la Justicia Federal al quejoso”, indica el proyecto de 87 hojas, por lo que se ordena a la autoridad responsable:

1.- Se abstenga en el futuro de colocar en espacios públicos del Municipio de Chocholá signos que hagan alusión a una convicción religiosa específica; y

2.- Se abstenga en el futuro de erogar recursos públicos, en ejercicio de sus atribuciones legales y constitucionales, para la colocación de símbolos, en espacios públicos del Municipio de Chocholá, que hagan alusión a una convicción religiosa específica.

En diciembre del 2020, en el Municipio de Chocholá, Yucatán, con motivo de los festejos de fin de año, se colocaron adornos alusivos a la celebración de la Navidad, mediante los cuales se escenificaba el nacimiento de “Jesucristo”, los cuales fueron instalados en espacios públicos significativos.

Ante ello, se presentaron tres amparos en contra de los ayuntamientos de Mérida y Chocholá, los cuales fueron asignados al Juzgado Cuarto de Distrito en el estado de Yucatán bajo los expedientes 5/2021 y 1299/2020, respectivamente.

El relativo al ayuntamiento de Mocochá quedó radicado bajo el expediente 4/2021 del Juzgado Segundo de Distrito de la referida entidad.

Sin embargo, ambos ayuntamientos respondieron que si bien colocaron los símbolos católicos, ya los habían retirado, mientras que el de Mocochá se abstuvo de responder la demanda de amparo.

Al haber “cesado” el acto con el retiro de los símbolos religiosos, el Juzgado Cuarto de Distrito decidió sobreseer el asunto; lo mismo hizo el Juez Segundo de Distrito, aunque obedeció a un formalismo, que tenía que ver con la residencia del quejoso.

Inconforme con esas respuestas, el quejoso interpuso recursos de revisión en contra de las tres sentencias, los cuales atrajo la Corte el pasado 20 de abril, al tratarse de asuntos inéditos, relativos a los alcances del Estado laico y las libertades religiosas.

“Por tanto, se considera que se actualiza una violación a la libertad religiosa cuando se afecte la percepción subjetiva de una persona sobre un determinado símbolo religioso, es decir, cuando se le obligue a adoptar, cambiar, tener o no tener unas creencias, o adherirse a creencias que no son suyas”, indica el proyecto que se prevé se discuta el próximo 9 de noviembre.