Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

¿El gobernador Francisco García Cabeza de Vaca tiene fuero o no?

La Corte desechó la controversia constitucional presentada contra el desafuero del gobernador Francisco García Cabeza de Vaca, pero ¿esto significa que mantiene el fuero o no?
lun 17 mayo 2021 07:01 PM
Francisco García Cabeza de Vaca desafuero
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frenó este miércoles la orden de aprehensión contra el gobernador de Tamaulipas.

El estatus del gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, ha generado dudas después de la resolución que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre su fuero.

El pasado viernes, la Corte desechó la controversia constitucional que el Congreso de Tamaulipas presentó contra el desafuero del gobernador, que a su vez fue promovido por la Cámara de Diputados para que pudiera haber procedencia penal contra Cabeza de Vaca por los delitos de delincuencia organizada, operación de recursos con procedencia ilícita y fraude fiscal.

Publicidad

Mientras actores políticos, como el líder parlamentario de Morena Ignacio Mier, el presidente Andrés Manuel López Obrador, y la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, fijan su postura sobre lo que interpretan de la resolución de la Corte, especialistas consultados por Expansión Política explican si el gobernador mantiene o no su fuero, por qué y si la Fiscalía General de la República (FGR) tiene oportunidad de proceder.

Al respecto, los abogados constitucionalistas José María Soberanes Díez y Francisco Burgoa destacaron que este tema se centra en el artículo 111 de la Constitución Política federal, en el cual se establece que:

"Para poder proceder penalmente por delitos federales contra los ejecutivos de las entidades federativas (...) la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las legislaturas locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda".

También se señala que "las declaraciones y resoluciones de la Cámaras de Diputados y Senadores son inatacables". Pero entonces, ¿por qué la controversia?

Primero, ¿cómo se llegó a este punto y qué resolvió la Corte?

Cabeza de Vaca solo podría enfrentar un juicio si le retiraran sus privilegios como gobernador, por ello, el 30 de abril la Cámara de Diputados inició el proceso de desafuero en su contra.

Sin embargo, el 1 de mayo el Congreso de Tamaulipas rechazó con 26 votos el desafuero del mandatario, tras ser notificado de la decisión de la Cámara de Diputados. Para entonces, el Congreso local ya había aprobado nuevas reglas para intentar frenar el proceso iniciado por el Legislativo federal.

El 13 de mayo, la Corte todavía no aceptaba a revisión la controversia constitucional porque presentaba "fallas técnicas", como la falta de copias certificadas sobre las facultades y cargos. Fue entonces que le dieron un plazo de 24 horas al Congreso de Tamaulipas para corregir el trámite.

Publicidad

Un día después (14 de mayo) la Corte publicó en sus estrados la decisión del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá de desechar el recurso legal por considerarlo "improcedente".

En el documento publicado por la SCJN se informa que: "El poder legislativo local, en acatamiento del artículo 111 constitucional y en ejercicio pleno de su autonomía, procedió como consideró que correspondía. Decidió no retirar la protección o inmunidad procesal penal al gobernador estatal, a quien se le imputa la probable comisión de un delito federal. Por el momento, (el Congreso del estado) determinó que no se pusiera a disposición de de las autoridades federales al titular del Ejecutivo Estatal".

Pero, ¿esto qué significa?

Francisco Burgoa, catedrático de la Facultad de Derecho de la UNAM, explica que, en el acuerdo por el cual se desechó la controversia, el ministro deja claro que el motivo es porque en realidad no hay controversia, dado que la Cámara de Diputados y el Congreso de Tamaulipas hicieron lo que la Constitución les permite: la Legislatura federal procedió para efectos declarativos y el legislativo local resolvió para efectos constitutivos.

"No hay ningún vacío legal porque en el acuerdo el ministro disipa cualquier duda. Lo que hizo la Cámara de Diputados fue para efectos declarativos, y lo que hizo el Congreso de Tamaulipas fue para efectos constitutivos, que fue determinar que el gobernador sigue manteniendo el fuero", señala.

José María Soberanes, académico de la Universidad Panamericana y la Facultad de Derecho de la UNAM, expone que, de acuerdo con el artículo 111 constitucional, si se trata de un funcionario local, la Cámara de Diputados tiene la obligación de avisar sobre la procedencia al Congreso del estado para los efectos a que haya lugar.

"Y estos efectos son, o bien para que se nombre a un sustituto, o para que que haya un segundo desafuero local. Ambas se sostienen. En estos casos debería ser la Corte la que diga cuál corresponde, el problema es que ya desechó la controversia y posiblemente nos quedemos sin una respuesta", dice.

En síntesis, Soberanes Díez considera que aunque el estatus es complicado debido al desechamiento de la controversia constitucional, el gobernador Francisco García sí perdería el fuero y, por tanto, la FGR podría proceder en su contra.

"Desde mi punto de vista, se puede proceder penalmente contra Cabeza de Vaca. Yo creo que ya no tiene fuero, y que se puede proceder en contra", dice.

Publicidad

Por otro lado, Francisco Burgoa enfatiza que, tomando en cuenta el acuerdo de la SCJN, se concluye que el Congreso de Tamaulipas tiene la última palabra en este caso, y por ello, actualmente el gobernador panista conserva la inmunidad procesal, es decir, que mantiene el fuero.

"El gobernador sigue conservando el fuero, y lo va a conservar hasta el último día de su mandato, y esto no quiere decir que se le absolvió (de los delitos que le imputa la FGR), simplemente que la Fiscalía tendrá que esperar a que termine su mandato para continuar el proceso penal. El asunto debe quedar tal cual como esta: el gobernador mantiene el fuero", puntualiza.

¿Cuáles son las posturas políticas?

Este lunes, la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, y el presidente Andrés Manuel López Obrador declararon sobre lo resulto por la Corte el pasado viernes, refiriendo que el gobernador de Tamaulipas se había quedado sin fuero.

Aunque Sánchez Cordero manifestó que, a su consideración, Cabeza de Vaca ya no tiene fuero, pues la Cámara de Diputados cumplió la procedencia, señaló que la Corte debió aclarar su decisión con respecto a un "vacío legal interpretativo", que dice que los congresos locales continuarán con los trámites.

"¿Qué es lo que quiso decir el Constituyente? A mí me hubiera encantado que la Suprema Corte de Justicia hubiera dicho qué es lo que decidió el Constituyente respecto a que se remitiera al Congreso local. No es que no se entienda, es que hay un vacío legal para interpretación. Ya les dije mi opinión el otro día, el gobernador no tiene fuero", dijo a reporteros en Coahuila.

El presidente López Obrador sostuvo por su parte que, tras la resolución de la Corte, el gobernador de Tamaulipas ya no cuenta con fuero constitucional y que ahora corresponde a la FGR dar continuidad al proceso penal.

"No tiene fuero, porque cuando hay una controversia es la Suprema Corte de Justicia el tribunal que decide, entonces no hay ninguna otra instancia. Lo que procede ya es lo que la Fiscalía va a solicitar. No sabía yo de la resolución de la Suprema Corte, (pero) si ya resolvió que no hay fuero constitucional y que no procede la solicitud de amparo, vamos a decir, del Congreso local, ya es la Fiscalía la que va a actuar", dijo el mandatario en su conferencia de prensa matutina.

Este mismo lunes, en entrevista con Ciro Gómez Leyva para Radio Fórmula, Alonso Aguilar Zinser, abogado de Cabeza de Vaca, afirmó que con lo que decidió la Suprema Corte se mantiene el fuero del gobernador, y por tanto –dijo– no puede ser detenido.

"El gobernador de Tamaulipas no puede ser detenido, no es procedente que un juez libere una orden de aprehensión en contra de alguien que tiene fuero", explicó.

El defensor hizo referencia al artículo 111 constitucional, señalando que, respecto a los funcionarios locales, en los que se incluye a los gobernadores, los efectos de la resolución están a cargo del congreso del estado.

"Entonces, no puede ser detenido de acuerdo con lo que se establece, porque lo dice expresamente: no fue puesto a disposición de las autoridades federales por parte del Congreso local", enfatizó.

Entonces, ¿qué sigue?

José María Soberanes explica que, en este punto, se puede presentar un recurso de reclamación para que la Suprema Corte determine los efectos de su decisión.

"Los ministros podrían decir 'lo que estamos impedidos es a contravenir la decisión de la Cámara de Diputados, es decir, lo que quedó desaforado quedó desaforado, eso no lo puedo cambiar, pero sí puedo precisar cuáles son sus efectos', y para eso sí podría proceder una controversia; esto sería muy sano para la institucionalidad", expone.

La opción dos, dice, es que la Cámara de Diputados promueva una controversia en contra de la decisión del Congreso de Tamaulipas y ahí habría otra oportunidad de pronunciamiento por parte de la Corte.

O bien –menciona–, un juez podría girar una orden de aprehensión en contra de Cabeza de Vaca, él tramitaría un amparo y entonces podría resolverse por esta vía si cuenta o no con el fuero.

Para Francisco Burgoa la única opción es respetar la determinación del Congreso de Tamaulipas, respaldada por la Suprema Corte, y en caso de que se quiera proceder en contra del gobernador, la FGR tendría que esperar hasta 2022, cuando concluya su mandato.

"¿La FGR podría solicitar a un juez una orden de aprehensión y que pudiera cumplimentar? Sí, pero si lo hacen, tato la Fiscalía como el juez que emita la orden, estarían haciendo algo en contra de la Constitución y de las leyes, sería ilegal, porque el gobernador sigue manteniendo esa inmunidad procesal", agrega.

MGID Recomienda

Newsletter

Los hechos que a la sociedad mexicana nos interesan.

Publicidad

Publicidad