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El INE impugna ante la Corte el decreto de AMLO que reduce tiempos en radio y tv

El instituto presentó una controversia constitucional en la que argumenta que el decreto presidencial invade sus facultades sobre la administración de los tiempos en radio y televisión.
jue 07 mayo 2020 07:53 PM
ine controversia
Actualmente, las sesiones del instituto se llevan a cabo de forma remota debido a la emergencia sanitaria.

El Instituto Nacional Electoral (INE) promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia constitucional en contra del decreto presidencial que busca reducir los tiempos fiscales en radio y televisión.

Así lo informó este jueves el INE en un comunicado, en el que argumentó que el decreto es "una invasión a las competencias que tiene el instituto como autoridad única en la administración de los tiempos oficiales que corresponden al Estado en radio y televisión".

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El decreto presidencial fue publicado el pasado 22 de abril y se prevé que entre en vigor el próximo 15 de mayo, reduciendo los tiempos fiscales de transmisión de 18 a 11 minutos diarios para canales de televisión, y de 35 a 21 minutos diarios en estaciones de radio.

A partir de esa fecha, señaló el INE, 6,034 spots en materia político-electoral se estarían dejando de transmitir a nivel nacional.

¿Qué son los tiempos fiscales?

Son una de las dos variantes que tiene el Estado mexicano para transmisión de contenido oficial en estaciones de radio y canales de televisión.

Los tiempos fiscales corresponden al pago en especie del impuesto que cubren los concesionarios de medios de comunicación a través de transmisiones gratuitas.

Mientras tanto, los tiempos de Estado consisten en transmisiones gratuitas diarias de hasta 30 minutos, disponibles en cada estación de radio y canal de televisión abierta con motivo de una concesión.

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¿Por qué el INE presenta esta controversia?

El instituto considera que el decreto que busca reducir estos tiempos es una afectación a sus atribuciones, que deriva de la "determinación unilateral del Ejecutivo federal" respecto de la difusión del contenido en materia político-electoral.

"Dichos tiempos oficiales conforman, en su conjunto y de manera integral, un bloque normativo de constitucionalidad que rige el modelo de comunicación política y garantiza que el Estado cuente con un mínimo de 48 minutos diarios, a fin de que el INE, como autoridad única en su administración, disponga de su totalidad en procesos electorales", explicó en su comunicado.

Por tanto, agregó, cualquier merma a ese bloque normativo viola la Constitución federal y las atribuciones del INE.

Debido a la proximidad de la fecha para que el decreto en vigor, el INE solicitó a la Suprema Corte que, en lo que se resuelve la controversia, ordene suspender la implementación de estas normas.

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