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La Corte admite recursos contra la "Ley garrote" de Tabasco

Aunque se admitieron a trámite tres acciones de inconstitucionalidad, se rechazó la petición de suspender la vigencia de la ley.
jue 12 septiembre 2019 01:41 PM

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite tres acciones de inconstitucionalidad con las que se busca anular la aplicación de la llamada “Ley garrote” en Tabasco, que entró en vigor en agosto pasado.

Estas acciones fueron interpuestas por las comisiones Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y el partido Movimiento Ciudadano (MC), y fueron admitidas el pasado lunes, según la lista de acuerdos de la Corte.

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El Congreso de Tabasco aprobó el pasado 29 de julio esta reforma al Código Penal estatal que causó polémica y fue bautizada en redes sociales como #LeyGarrote, la cual contempla hasta 13 años de cárcel a quienes bloqueen carreteras o impidan que se lleven a cabo obras.

El ministro instructor que dio trámite a las impugnaciones rechazó la petición de la CEDH de Tabasco de suspender la vigencia de las leyes que reformaron al Código Penal del estado, al considerar que no resulta idóneo para las acciones de inconstitucionalidad.

“La existencia de la publicación de las normas impugnadas será analizada al tenor del informe y documentación que al efecto exhiba el Poder Ejecutivo Estatal”, se lee en el acuerdo.

También fue rechazada la solicitud de Movimiento Ciudadano para que la “Ley garrote” fuera tomada en cuenta en materia electoral, esto porque, se explicó, no acontece en el caso y los plazos establecidos por la ley de la misma ya vencieron.

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Lo que sí se autorizó a los tres promoventes es hacer uso de medios electrónicos para reproducir el contenido de las actuaciones y constancias existentes en el asunto, excepto las de carácter confidencial.

De esta manera, se ordenó al gobierno y al Congreso de Tabasco a que en los próximos 15 días hábiles rindan informes a la SCJN y envíen copia certificada de todos los antecedentes de las diversas reformas aprobadas en julio y vigentes desde el 1 de agosto.

La nueva legislación fue propuesta por el gobernador de Tabasco, Adán Augusto López, y contempla penas de seis a 13 años de cárcel "al que impida o trate de impedir, por cualquier medio, la ejecución de trabajos u obras públicas, ordenados o autorizados legalmente por la autoridad competente”.

Ahora, para invalidar cualquier aspecto de la "Ley garrote", será necesario el voto de al menos ocho de los 11 ministros de la Suprema Corte

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