Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

El fallo de la Corte que puede (a la larga) permitir amparos contra el NAIM

La Corte amparó a la comunidad de Bacanuchi, Sonora, contra la obra de una mina de Grupo México. En la sentencia, usó un criterio que sienta un precedente para proyectos como el NAIM o el Tren Maya.
lun 15 octubre 2018 05:00 AM
Obras
Entre los 25 proyectos prioritarios de Andrés Manuel López Obrador hay obras de infraestructura como el futuro del Nuevo Aeropuerto y el Tren Maya.

AGUASCALIENTES, Aguascalientes (ADNPolítico).- La última resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el conflicto entre la comunidad sonorense de Bacanuchi y la minera de Grupo México podría sentar un precedente legal para el Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM) o el Tren Maya que pretende construir Andrés Manuel López Obrador, de acuerdo con abogados.

El pasado 5 de septiembre, la Segunda Sala de la Suprema Corte determinó que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) debió consultar a los pobladores de Bacanuchi antes de otorgar a la Minera Buenavista del Cobre la autorización para construir una presa de jales en el municipio aledaño de Agua Prieta.

En la sentencia, la SCJN se pronunció por primera vez sobre el derecho de consulta que tienen comunidades no indígenas afectadas por proyectos como el de Grupo México, establecido en tratados internacionales que México ha suscrito. Este criterio amplió el derecho de participación en asuntos de interés público más allá del ámbito político, a temas ambientales y de otro tipo.

Para Luis Miguel Cano López, abogado que litiga el caso junto con la organización PODER, ese criterio implica un precedente para proyectos como el NAIM o el Tren Maya, y hasta ayudaría a grupos interesados a pedir que se consulten instrumentos como los acuerdos comerciales.

"Es un gran precedente porque evidencia que (...) para respetar los derechos humanos más allá de las leyes, lo primero que hay que aplicar y tomar en cuenta siempre es la Constitución y los tratados internacionales. La Corte reconoce: 'Nunca me he pronunciado sobre el derecho de participación para comunidades no indígenas (...) sí lo he hecho para casos de consulta en comunidades indígenas, no lo había hecho en derecho de participación de comunidades no indígenas'. Y luego señala: 'El derecho a participar en asuntos de interés público va más allá de asuntos políticos. Puede incluir otro tipo de casos, puede incluir asuntos medioambientales'", dice en entrevista.

Te puede interesar: Lo que sabemos de los 25 proyectos prioritarios de López Obrador

Publicidad

¿Cómo aplica el criterio para el caso NAIM?

La resolución del caso Bacanuchi —ya definitiva— es de un amparo en revisión que solo protege a quienes lo promovieron, es decir, a los pobladores de esa comunidad de Sonora.

Sin embargo, dice Cano, las comunidades afectadas con las obras del Nuevo Aeropuerto podrían utilizarla como antecedente en un amparo contra la obra, si las autoridades no las consultaron antes de autorizar el proyecto.

Jorge Ruiz Palomares, abogado del Centro de Estudios sobre Derecho Ambiental Mexicano (CEDAM), coincide en la importancia de la sentencia, aunque explica que el antecedente puede utilizarse con algunas limitaciones.

"Sí es un precedente, lo puedo citar, puede ilustrar, pero no es algo me obligue como una jurisprudencia. Una jurisprudencia, como juzgador (...) sería de cumplimiento obligatorio, pero también recordemos que, conforme a la nueva Ley de Amparo, si una jurisprudencia es emitida por un Tribunal Colegiado de Circuito, digamos de Puebla, de Oaxaca, de Baja California, esa jurisprudencia solo va a tener sentido obligatorio dentro de la jurisdicción del circuito, no para los demás", dice.

Lee: Organizaciones ven irregularidades en Fideicomiso Río Sonora

Entonces, ¿la consulta sobre el NAIM es acorde a los tratados internacionales?

No. De hecho, Cano López advierte que si López Obrador lanza una consulta nacional —como propone—, en lugar de limitarla a las comunidades directamente afectadas por el proyecto, podría violar los derechos de estas últimas.

"El derecho a la consulta es un derecho que tienen las personas afectadas, no todo mundo. Por eso este amparo es para la población de Bacanuchi (...) Y con el aeropuerto, querer consultar a toda la población por encima de la población afectada no es consistente con los derechos porque, además, ese tipo de consultas no puede restringir derechos humanos (...) Si consultas a todo mundo por encima de las personas afectadas, puede resultar que una mayoría le imponga su punto de vista a las personas afectadas y para eso no sirven las consultas", señala.

Además, coincide con el Instituto Nacional Electoral (INE) y otras voces en que, por plantearse como consulta ciudadana, "lo que está anunciado para el 28 de este mes no está apegado a la Constitución ni a la ley; entonces, no tiene fundamento jurídico alguno".

Conoce más: La consulta sobre el futuro del NAIM será del 25 al 28 de octubre

¿El criterio aplicado a Bacanuchi puede volverse obligatorio en todo el país?

Sí, pero para que se convierta en jurisprudencia obligatoria en todo México, el pleno o las salas de la Suprema Corte tendrían que dictar cinco sentencias firmes —que ya no puedan impugnarse—, con el mismo criterio, para cinco casos concretos diferentes.

Más allá de eso, ¿cuál es la trascendencia de la resolución?

Además de sentar el precedente de reconocimiento del derecho de participación a comunidades no indígenas y en asuntos más allá de lo político, la sentencia podría impulsar un cambio en la ley a mediano plazo.

Actualmente, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEGEEPA) no exige consulta pública a proyectos como la presa de jales que construye Buenavista del Cobre en Bacanuchi. Pero el derecho humano a un medio ambiente sano y el de participación en asuntos públicos están en la Constitución, así como en:

  • El Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, "Protocolo de San Salvador".
  • El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
  • La Convención Americana Sobre Derechos Humanos.

Ruiz Palomares señaló que, si la Corte continúa resolviendo conflictos ambientales atendiendo a instrumentos internacionales, "en algún momento se va a tener que determinar una reforma a la LEGEEPA, una modificación al reglamento de impacto ambiental".

¿La sentencia significa que Bacánuchi le ganó a Buenavista del Cobre?

Todavía no se sabe, pues la Corte no puntualizó si su decisión implica que Buenavista del Cobre deba suspender la construcción de la presa de jales. Para saberlo, Cano y PODER solicitaron una aclaración de la sentencia y están en espera de respuesta.

"Sería grotesco, absurdo y ridículo que nos dijeran que nos van a llamar a una consulta sobre una autorización que violó nuestro derecho, pero que permanece y va a permanecer sin ningún cambio, digamos lo que digamos. Eso sería más bien una simulación", dice el abogado de los pobladores.

MGID Recomienda

Newsletter

Los hechos que a la sociedad mexicana nos interesan.

Publicidad

Publicidad