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#ElCáncerNoEspera: El Congreso avala licencias para padres de niños con este mal

Los senadores aprobaron cambios legales que permitirán a los padres de menores con cáncer tener licencias laborales para cuidar a sus hijos. Estas modificaciones fueron enviadas a promulgación.
lun 29 abril 2019 06:39 PM
 Lucha Contra el Cáncer Infantil.
Cáncer infantil. Cerca de 10,000 padres que actualmente tienen un hijo con algún tipo de cáncer se verán beneficiados con esta legislación, según el Senado.

CIUDAD DE MÉXICO (ADNPolítico).- A partir de ahora, los padres de niñas, niños y adolescentes con cáncer podrán solicitar licencias labores, con goce de sueldo, para acompañar a sus hijos en cuidados médicos.

Con la consigna "El cáncer no espera", el pleno del Senado aprobó este lunes por unanimidad, con 115 votos a favor, el dictamen que modifica las leyes Federal del Trabajo, del IMSS y del ISSSTE.

"Las madres o padres trabajadores, con niñas, niños y/o adolescentes diagnosticados con cáncer de cualquier tipo, gozarán de licencia para ausentarse de sus labores por cuidados médicos de los hijos en los periodos críticos de tratamiento o de hospitalización, incluyendo, en su caso, el tratamiento destinado al alivio del dolor y los cuidados paliativos por cáncer avanzado", puntualizó el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Martí Batres.

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La reforma —que derivó de un proyecto legislativo que data de 2018— fue impulsada por la organización Cancer Warriors, que busca que el trabajo de madres y padres de niños con cáncer no se vea afectado cuando necesiten dedicarse al cuidado de sus hijos.

El colectivo alertó de que, en cuatro meses, alrededor de 700 menores fallecerán en México a causa del cáncer.

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¿Qué se reformó?

Con este dictamen, se adicionan los artículos 140 Bis a la Ley del IMSS y 37 Bis a la Ley del ISSSTE, para establecer que:

  • Para los casos de madres o padres trabajadores asegurados, cuyos hijos de hasta 16 años hayan sido diagnosticados con cáncer de cualquier tipo, podrán gozar de una licencia por cuidados médicos.
  • La licencia expedida tendrá una vigencia de uno a 28 días y podrán expedirse tantas licencias como sean necesarias en un periodo de tres años.
  • La licencia únicamente se otorgará a petición del padre o tutor, y en ningún caso podrá ser solicitada por ambos padres del menor diagnosticado.
  • Las licencias otorgadas cesarán cuando el menor no requiera hospitalización o reposo en los periodos críticos del tratamiento, cuando el menor cumpla 16 años y cuando el padre o tutor sea contratado por un nuevo patrón.

¿Cómo se asumirá el costo?

De acuerdo con el Senado, los recursos que se requieran para implementar esta legislación deberán ser garantizados, etiquetados y provisionados por la Secretaría de Hacienda en los presupuestos de Egresos de la Federación de los ejercicios correspondientes.

Además, señaló la Cámara alta, la implementación no impactará de forma alguna las cuotas obrero-patronales recabadas por los institutos de seguridad social del gobierno federal.

¿Qué sigue?

La reforma fue enviada al Ejecutivo para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

De acuerdo con cifras oficiales presentadas en el dictamen, cerca de 10,000 padres mexicanos que tienen un hijo con cáncer se verán beneficiados con esta legislación.

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