AMLO apuesta a nombrar por su cuenta a los integrantes de la CRE
CIUDAD DE MÉXICO (ADNPolítico).- El presidente Andrés Manuel López Obrador envió al Senado sus nuevas ternas de candidatos para ocupar cuatro vacantes en la Comisión Reguladora de Energía (CRE), integradas prácticamente por los mismos aspirantes que ya fueron votados y rechazados por los propios legisladores.
Esta situación ha causado críticas y cuestionamientos sobre la legalidad de esta acción y sus motivos, pues algunos senadores de oposición y analistas ven la intención de que el Senado rechace por segunda ocasión las ternas, a fin de que el propio mandatario designe a los nuevos comisionados.
Pero, ¿qué dice la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética sobre la integración de estas instituciones?
¿Qué establece la norma?
Para nombrar a cada comisionado, el presidente de la República somete una terna a consideración del Senado.
Los aspirantes deben comparecer ante senadores, quienes designan por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, dentro del improrrogable plazo de 30 días.
Los requisitos para ser comisionado son:
• Ser ciudadano mexicano.
• Poseer título profesional en cualquiera de las ingenierías, las ciencias físico-matemáticas, las ciencias biológicas y químicas o las ciencias sociales y administrativas que se vinculen con las actividades del sector energético.
• Haberse desempeñado en forma destacada, durante al menos cinco años, en actividades profesionales, de servicio público o académicas sustancialmente relacionadas con materias afines al objeto del órgano regulador.
• No haber ocupado, en el año previo a su designación, ningún empleo, cargo o función directiva en las empresas que estén sujetas a la regulación de los órganos reguladores del sector.
• Los comisionados deberán abstenerse de desempeñar cualquier otro empleo, trabajo, cargo o comisión públicos o privados, con excepción de los académicos.
¿Qué pasa si la terna es rechazada?
En caso de que el Senado rechace la totalidad de la primera propuesta, el presidente envía una nueva terna.
¿Es ilegal que el presidente proponga a los mismos candidatos?
No, toda vez que la ley no especifica que la nueva terna debe ser integrada por personas diferentes a la primera. Solo determina que la nueva terna se integre "en los términos del párrafo anterior".
¿Qué pasa si el Senado rechaza las ternas por segunda ocasión?
Si la segunda terna también es rechazada, el presidente designa a la persona que ocupará el cargo de comisionado.
En esas condiciones, si la Cámara alta vuelve a 'batear' las ternas de López Obrador, él estará en facultad de designar a quienes prefiera, algo que molesta a la oposición.
Los senadores del PAN incluso acusan un intento de "fraude a la ley" y analizan con qué vías jurídicas podrían detenerlo. "Esta es una falta de respeto no solamente a los senadores, sino es una falta de respeto al pueblo mexicano", dijo Mauricio Kuri, líder panista en el Senado, en un comunicado.
¿Y para qué sirve la CRE?
La CRE es un órgano regulador coordinado en materia energética. Tiene a su cargo fomentar el desarrollo eficiente de la industria, promover la competencia en el sector, proteger los intereses de los usuarios, propiciar una adecuada cobertura nacional y atender a la confiabilidad, estabilidad y seguridad en el suministro y la prestación de los servicios.