¿Qué es la extinción de dominio y por qué México necesita reformarla?
CIUDAD DE MÉXICO (ADNPolítico).- Tras los cambios que le hizo el Senado, la reforma a la Constitución para aplicar la extinción de dominio a delitos de corrupción, robo de hidrocarburos, ilícitos cometidos por servidores públicos y extorsión volverá a la Cámara de Diputados.
México está lejos de usar de manera eficaz este instrumento, creado en 2009. Mientras en 2018 Colombia tiene 2,703 procesos judiciales por extinción de dominio y 28,165 bienes recuperados, en el periodo 2010-2011 México solo tenía tres procesos y había recuperado ocho bienes, señaló la senadora Ana Lilia Rivera, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda.
Con los cambios realizados por el Senado se busca mejorar la aplicación de la extinción de dominio o recuperación de bienes relacionados con delitos.
Morena celebró el avance de la minuta porque, de aprobarse en la Cámara de Diputados y aplicar la extinción de dominio en casos de corrupción o 'huachicoleo', se avanza también en el cumplimiento de una promesa de campaña de Andrés Manuel López Obrador.
Conoce más: Huachicoleros, ¿quiénes son y cómo afectan a México?
¿Qué es la extinción de dominio?
La pérdida de los derechos sobre bienes que han sido instrumento, objeto o producto de un delito o que sean utilizados para esconder o mezclar otros bienes producto de un delito, según la Ley de Extinción de Dominio.
La Constitución, la ley y el derecho internacional protegen la propiedad privada adquirida legítimamente como un derecho fundamental de las personas. Sin embargo, este derecho no se reconoce cuando las personas obtienen sus bienes mediante la comisión de determinados delitos o los destinan a ellos.
Permite al Estado apropiarse de bienes de origen o destino ilícito, partiendo de que la forma más eficaz de combatir la delincuencia organizada es mermar sus estructuras financieras y ganancias, y recuperar los activos generados mediante dinero ilícito.
La extinción de dominio ha sido figura central en la estrategia de seguridad de Estados Unidos, Italia, y Colombia, para combatir a la delincuencia organizada y restituir el estado de derecho.
Recomendamos: Sigue el dinero: así quiere AMLO combatir la corrupción y el crimen organizado
¿Qué cambios hizo el Senado?
El Senado de la República modificó la minuta de la reforma al artículo 22 constitucional enviada por la Cámara de Diputados para establecer que la acción de extinción de dominio no tendrá caducidad.
También amplió el catálogo de delitos en los cuales se aplicará esta figura:
• Extorsión
• Corrupción
• Encubrimiento
• Delitos cometidos por servidores públicos
• Delincuencia organizada
• Robo de vehículos
• Recursos de procedencia ilícita
• Delitos contra la salud
• Secuestro
• Trata de personas
• Delitos en materia de hidrocarburos petrolíferos y petroquímicos
Y se reformó el artículo 73 de la Constitución para facultar al Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia de extinción de dominio.
Te puede interesar: Veracruz cede el rancho de Javier Duarte al Conacyt y al Instituto de Ecología
¿Por qué era necesario reformar la extinción de dominio?
Porque el crimen organizado y la corrupción en México han desarrollado estructuras financieras y económicas ilícitas para cuya prevención y eliminación se requieren mejores instrumentos jurídicos.
Sin embargo, la figura de extinción de dominio no ha tenido una aplicación exitosa, pues la Federación no ha logrado la recuperación que deseaba de activos derivados de la corrupción y el crimen organizado.
Juicio civil y no penal
En la minuta, se establece que la extinción de dominio es un juicio civil, independiente del proceso penal.
Precisa que el juicio de extinción de dominio es sobre los bienes cuya posesión no pueda acreditar legalmente una persona y estén relacionados con investigaciones de los delitos del catálogo, no sobre la participación o culpabilidad de la persona en un delito.
Que no sea más caro el caldo que las albóndigas
El coordinador del PRD, Miguel Ángel Mancera, logró que el Senado aprobara una reserva para garantizar que la extinción de dominio no resulte más cara para los gobiernos estatales, en comparación al beneficio que pueden obtener al aplicarla.
La reserva permite a las autoridades estatales disponer, usar, usufructuar, enajenar y monetizar los bienes, pues lo que los gobiernos gastan en su mantenimiento, administración o vigilancia el tiempo que dura el juicio a veces cuesta más que el propio bien.
Por ejemplo, tan solo el costo anual de vigilancia de 93 inmuebles que están hoy en responsabilidad de las autoridades de la Ciudad de México por extinción de dominio, se gastan hasta 53 millones de pesos, dijo Mancera.