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Estas son las sanciones por acoso callejero, insultos a mujeres que amamantan...

Lanzar chiflidos, “piropos” sexuales, ser captado en video cometiendo una falta o agredir a mujeres amamantando son algunas de las causas que ameritan sanciones que van desde amonestaciones a arresto.
sáb 13 julio 2019 07:00 AM
ley de cultura civica
Sanciones. Le Ley de Cultura Cívica plantea castigar conductas con multas, detenciones o trabajo comunitario.

La nueva Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México sancionará conductas que se habían normalizado, pero que no aportaban a la convivencia diaria de los capitalinos. Ahora habrá sanciones y si eres víctima de alguna de ellas o las practicabas, te conviene conocer cuáles son las sanciones al respecto.

Quienes lancen silbidos y expresiones de carácter sexual en espacios públicos serán sancionados con una multa de 929 a 3,379 pesos, arresto de 13 a 24 horas o trabajo comunitario de 6 a 12 horas.

Mientras este punto es el que ha provocado mayor controversia al considerar que prohíbe los “piropos”, Gabriela Rodríguez, titular de la Secretaría de las Mujeres capitalina, celebra que se sancione el acoso callejero.

“Nunca dice piropo, la ley habla de intimidación, insulto, silbidos y expresiones que agredan la dignidad. Está muy bien tipificado lo que es el acoso”, señaló.

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La misma pena merecerá quien exhiba sus órganos sexuales en la calle para molestar o agredir a otra persona, lo que es considerado como una infracción contra la dignidad.

Los llamados “lords” y “ladies”, cuyos actos de agresión o prepotencia son denunciados en redes sociales, ahora también deberán responder ante el Juzgado Cívico pues ya se pueden presentar videos y fotografías como pruebas al ingresar una queja.

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La nueva legislación prohíbe también condicionar, insultar o intimidar a cualquier mujer que esté amamantando a un bebé o niño en un espacio público; quien lo haga será detenido de 20 a 36 horas o deberá servicio comunitario de 10 a 18 horas.

Mientras revender boletos para espectáculos a un precio mayor que el de las taquillas también serán sancionados con de 20 a 36 horas o 10 a 18 horas de servicio.

Los choferes de camiones y microbuses no podrán llevar “checadores” o ayudantes mientras dan servicio, de lo contrario podrían multarlos con con hasta 2,534 pesos de multa, 25 a 36 horas de arresto o 12 a 18 horas de servicio comunitario.

En la ley se sanciona a los reincidentes, pues quienes sean arrestados por dos o más infracciones en un periodo de seis meses no podrán librar las horas de arresto a cambio de pagar una multa.

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También se pone especial atención a las ofensas o agresiones en contra personas vulnerables como personas con discapacidad, en situación de calle, adultos mayores, mujeres lactantes; en estos casos se podrá aumentar la sanción hasta en una mitad al infractor tanto en multas como en horas de arresto o servicio.

Salvador Guerrero Chiprés, presidente del Consejo Ciudadano, reconoció que para ver un cambio con la nueva legislación más que las reformas lo más importante será que se cumplan los procesos y las sanciones.

“El problema con toda norma es el cumplimiento. En la medida en que los ciudadanos continúen organizándose y relacionándose con las autoridades es posible garantizar la vigilancia al cumplimiento de la ley. Sí requerimos que haya una capacidad de cumplimiento del sistema judicial, debe haber un acompañamiento a las reformas a la ley”, señaló.

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