El TEPJF resuelve que spot de Morena es un acto anticipado de campaña
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que la difusión, en radio y televisión, de uno de los spots de Morena constituye un acto anticipado de campaña.
Por esta razón, ordenó a la Sala Regional Especializada emitir una nueva resolución en la que reindividualice la sanción, ya que el contenido del promocional "El camino" no se apega a las disposiciones constitucionales legales y reglamentarias, informó el TEPJF en un comunicado.
El spot se difundió en periodo de intercampaña, cuando las fuerzas políticas tienen prohibido hacer proselitismo.
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Los integrantes del pleno avalaron, por mayoría de votos, el proyecto de sentencia elaborado por el magistrado Flavio Galván Rivera, en el que se estableció que, si bien no existe una alusión directa para promover una candidatura en particular, ni se presenta una plataforma electoral, en este mensaje se advierte promoción implícita a favor del partido político.
Lo anterior, debido a que la frase "En Morena tu voto sí vale" constituye una invitación tácita para votar a su favor, que evidencia la intención de posicionarse frente a la ciudadanía en el contexto del proceso electoral en curso.